Situación de partida
A los pueblos indígenas les corresponden, además de los derechos humanos universales, los derechos indígenas. En el año 1989, la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el “Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes” (Convenio 169), en el que están consagrados, entre otros, derechos colectivos de amplio alcance como derechos culturales y territoriales, el derecho al consentimiento previo, libre e informado en relación con políticas y programas que les afectan, y el derecho a la autodeterminación. En 2007, estos derechos fueron reforzados y ampliados adicionalmente con la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas”.
El Convenio 169 de la OIT ha sido ratificado por casi todos los países latinoamericanos y su contenido ha sido integrado en parte en las nuevas Constituciones. No obstante, su aplicación sistemática sigue planteando grandes retos a muchos países. Se está progresando en el reconocimiento jurídico de territorios indígenas, pero la implementación del apoyo estatal para la autonomía indígena sólo avanza lentamente.
También en relación con el uso sostenible de los recursos naturales se ejerce una gran presión sobre los territorios indígenas, pues los Estados dan prioridad al aprovechamiento de los recursos minerales, sin considerar posibles consecuencias negativas para el medio ambiente y la diversidad cultural. Muchas veces, los pueblos indígenas afectados se benefician poco de estos recursos. En especial se generan conflictos entre comunidades indígenas, empresas privadas y entidades públicas cuando el Estado se reserva el derecho de adjudicar concesiones estratégicas sin atender a las objeciones de los grupos indígenas y sin concertar la participación de estos grupos en los beneficios.
Estos grandes retos pocas veces son afrontados por los Estados con enfoques de política propios e instituciones debidamente especializadas.
Objetivo
Se han mejorado los fundamentos para el respeto, la protección y la garantía de los derechos de los pueblos indígenas, sobre todo de sus derechos territoriales.